Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 49331 de 329591
Tesis
Registro digital: 37108
Clave: VI-P-1aS-398
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2010 00:00
SUSPENSIÓN CONTRA LA DECLARATORIA DEFINITIVA DE RETIRO POR INUTILIDAD, DE LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS
INUTILIDAD, DE LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS.- Los artículos 24 y 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, prevén como causas de retiro: quedar inutilizado por actos fuera del servicio, y contemplan un listado de eventos o enfermedades que incapacitan a sus miembros para seguir prestando el servicio activo de las armas. Por su parte, el diverso 24 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece que en el juicio contencioso administrativo pueden decretarse todas las medidas cautelares necesarias para mantener la situación de hecho existente, que impidan que la resolución impugnada pueda dejar el litigio sin materia o causar un daño irreparable al actor, salvo en los casos en que se cause perjuicio al interés social o se contravengan disposiciones de orden público. En ese tenor, tratándose de la resolución que decrete en definitiva el retiro por inutilidad por enfermedades contraídas fuera de actos del servicio, con arreglo al último de los dispositivos señalados, procede conceder la suspensión para el efecto de que el actor continúe en el desempeño de las labores como miembro, percibiendo los haberes correspondientes y la atención médica que requiera él y su familia, sin perjuicio de que las autoridades competentes reubiquen al interesado en un diverso lugar acorde a su estado de salud; atento a que no se contravienen disposiciones de orden público ni se causa perjuicio al interés social. Recurso de Reclamación Núm. 32582/09-17-02-4/703/10-S1-01-05.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 29. Mayo 2010. p. 33