Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 37342
Clave: VI-P-1aS-410
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Jurisprudencia, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2011 00:00
ARTÍCULO 97 DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DEL 08 DE DICIEMBRE DE 2009
VIGENTE A PARTIR DEL 08 DE DICIEMBRE DE 2009.- NO ES APLICABLE EN SUSTITUCIÓN AL DIVERSO 66 DE DICHO REGLAMENTO.- Mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, se derogó el artículo 66 citado, quedando su contenido en el artículo 97 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación. En virtud de ello, tratándose de embargos coactivos practicados en fecha posterior al 07 de diciembre de 2009, no es aplicable la jurisprudencia VI.3o.A. J/68 emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, de rubro "SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN. EL EMBARGO COACTIVO ES JURÍDICAMENTE APTO PARA GARANTIZAR EL INTERÉS FISCAL Y, POR ENDE, PARA LA CONSECUCIÓN DE DICHA MEDIDA CAUTELAR, SI COLMA LOS EXTREMOS DEL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN", que si bien es cierto, el texto del entonces artículo 66 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, es idéntico al del artículo 97 de dicho Reglamento, vigente a partir del 08 de diciembre de 2009, no es jurídicamente posible que se aplique esa jurisprudencia a un precepto legal que se ha sustituido por uno de contenido igual o similar, en virtud de que no se trata del mismo precepto, dado que son actos legislativos diversos, en cuanto constituyen distintas manifestaciones de la voluntad del órgano respectivo. Recurso de Reclamación Núm. 4304/10-17-07-8/1819/10-S1-02-05.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 39. Marzo 2011. p. 289