Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 37589
Clave: VI-TA-2aS-32
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2011 00:00
EMBARGO ILEGAL
PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.- Conforme a los artículos 340, 341 y 397 del Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla, y 155 de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla, el patrimonio municipal se integra por bienes muebles e inmuebles, que pueden ser del dominio público o del dominio privado, mientras que los inmuebles en cualquier caso son inembargables; por tanto, las actas en que conste el embargo de inmuebles del Municipio de Puebla, se ubican en la causal prevista por el artículo 51, fracción IV, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, siendo procedente declarar su nulidad en términos del artículo 52, fracción II, de este último ordenamiento, al haber sido diligenciadas respecto de bienes que son inembargables conforme a la legislación local aplicable. Juicio Contencioso Administrativo Núm.3562/09-12-02-6/2488/10-S2-06-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 41. Mayo 2011. p. 183