Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 37598
Clave: VI-TASR-VII-55
Época: Sexta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2011 00:00
XXVI, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, SI EL MOTIVO DE SU IMPOSICIÓN, FUE QUE EL CONTRIBUYENTE PRESENTÓ LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS A REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD O FUERA DEL PLAZO DEL REQUERIMIENTO.- Los artículos 81, fracción XXVI y 82, fracción XXVI, del Código Fiscal de la Federación, establecen que son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedir constancias, el no proporcionar la información a que se refiere la fracción VIII, del artículo 32, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en dicha ley, o presentarla incompleta o con errores; cuya infracción será sancionada con una multa de $7,406.00 a $14,811.00; por lo que, si los motivos que originaron la sanción impuesta con base al segundo numeral citado, consistieron en la presentación de la información mensual de operaciones con terceros a requerimiento de la autoridad y fuera del plazo de dicho requerimiento; es inconcuso que dicho supuesto de infracción no está regulado por el artículo 81, fracción XXVI, del Código Fiscal de la Federación, pues tal precepto legal no establece que sea infracción presentar las declaraciones a requerimiento de las autoridades fiscales o fuera del plazo de requerimiento, resultando improcedente la imposición de la multa prevista por el artículo 82, fracción XXVI, del Código en cita.
Juicio Contencioso Administrativo Núm.481/10-02-01-6.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste II del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 41. Mayo 2011. p. 193