Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 37628
Clave: VI-TASR-XXXVI-141
Época: Sexta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2011 00:00
"N 33 ANALISTA A SUBD. 4.", DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN QUINTANA ROO, DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, ES UNA AUTORIDAD INEXISTENTE Y, POR ENDE, INCOMPETENTE PARA EMITIR ACTOS DE MOLESTIA
DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, ES UNA AUTORIDAD INEXISTENTE Y, POR ENDE, INCOMPETENTE PARA EMITIR ACTOS DE MOLESTIA.- De conformidad con los artículos 3, 149, 152 y 155 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, vigente en dos mil seis, no se contempla la existencia del "N 33 Analista A Subd. 4.", de la Delegación Estatal en Quintana Roo, del Instituto Mexicano del Seguro Social, ni tampoco se contempla la existencia jurídica de la precitada autoridad en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, ni en algún otro precepto legal del referido Reglamento Interior, ni en la Ley del Seguro Social, ni en alguna otra ley que rija para la materia de trato; en consecuencia, si la autoridad antes mencionada no está expresamente señalada como se especifica en el acto de autoridad, con la delimitación de su circunscripción territorial, en los cuerpos normativos en los que se contempla a las unidades administrativas del Instituto Mexicano del Seguro Social, se concluye que aquélla no tiene competencia legal alguna para emitir actos de molestia a los particulares, por ser inexistente. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 685/10-20-01-2.- Resuelto por la Sala Regional del Caribe del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 41. Mayo 2011. p. 230