Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 37703
Clave: VI-TASR-XXIX-84
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2011 00:00
CARÁCTER, LOS EXPRESADOS EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA CUANDO NO SE CONTROVIERTE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA EN EL ESCRITO DE AMPLIACIÓN, Y DE DICHA NOTIFICACIÓN SE DESPRENDE QUE LA ENJUICIANTE LA CONOCÍA CON ANTERIORIDAD A LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA.- Cuando se alegue desconocimiento de la resolución impugnada en términos del artículo 16, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y la autoridad dé a conocer tanto la resolución como sus constancias de notificación a la parte actora y ésta en su escrito de ampliación no controvierte la legalidad de la notificación de la resolución impugnada, concretándose a expresar conceptos de impugnación relativos a la ilegalidad de la referida resolución, la cual conoció con antelación a la presentación de la demanda, acorde a las constancias de notificación exhibidas, resultan ser inoportunos dichos conceptos de impugnación, dado que no era desconocida la resolución impugnada al ser presentado el escrito de demanda, por lo que debieron expresarse las ilegalidades desde un principio y no en el escrito de ampliación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1194/10-08-01-9.- Resuelto por la Sala Regional del Centro I del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 42. Junio 2011. p. 206