Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 37754
Clave: VII-J-SS-3
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2011 00:00
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, CUENTA CON FACULTADES PARA LA EMISIÓN DE REGLAS DE CARÁCTER GENERAL
RETIRO, CUENTA CON FACULTADES PARA LA EMISIÓN DE REGLAS DE CARÁCTER GENERAL.- El artículo 5, fracciones I y II de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, le otorga a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro facultades para emitir reglas de carácter general aplicables a los participantes de los sistemas de ahorro para el retiro, en tanto que el diverso artículo 12, fracción I, del ordenamiento legal indicado, señala que el Presidente de la Comisión cuenta con la atribución de ejercer las facultades de ésta, sin perjuicio de las atribuidas a la Junta de Gobierno. Por lo cual, de una interpretación gramatical, sistemática y funcional de dichos preceptos, se concluye que el Presidente de esa Comisión cuenta con facultades para emitir reglas de carácter general, con excepción de aquellas que son competencia exclusiva de la Junta de Gobierno, mismas que se encuentran reguladas en las fracciones IV, V y VI del artículo 8 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Contradicción de Sentencias Núm. 2304/08-17-01-1/2011/09-PL-09-04/Y OTRO/1867/10- PL-05-01.- Resuelta por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 1. Agosto 2011. p. 37