Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 37795
Clave: VI-TASR-XXXII-35
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2011 00:00
PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, PARA ACTUAR EN FORMA CONJUNTA O INDIVIDUALMENTE, EN ACATAMIENTO A ÓRDENES DE VERIFICACIÓN.- Resulta ilegal la imposición de sanciones emitidas por la Procuraduría Federal del Consumidor, dentro de un procedimiento administrativo de verificación, que se sustente en una orden de verificación, si en dicha orden no se encuentra debidamente acreditada la competencia de la autoridad emisora en su aspecto material, si no se señala el dispositivo legal en donde se establezca la posibilidad de que el Director General de Verificación y Combustibles de la Procuraduría Federal del Consumidor, pueda designar a verificadores para que actúen en forma conjunta o individualmente, ya que ello violenta la debida fundamentación a que obligan los artículos 3, fracción V, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en relación con el 16 Constitucional, ya que dicha orden de verificación a efecto de cumplir con los requisitos de legalidad aludidos, debe contener en su texto el dispositivo, acuerdo o decreto que establezca que las personas designadas en la orden para efectuar la visita de verificación, lo pueden hacer conjunta o individualmente.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 265/11-05-02-1.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Norte-Centro II del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 1. Agosto 2011. p. 147