Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 37826
Clave: VI-TASR-XIII-106
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2011 00:00
COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA. LA AUTORIDAD LABORAL DE LA FEDERACIÓN PUEDE SER AUXILIADA POR LA AUTORIDAD LOCAL EN LA APLICACIÓN DE NORMAS REFERENTES A LA CAPACITACIÓN, ADIESTRAMIENTO, SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
PUEDE SER AUXILIADA POR LA AUTORIDAD LOCAL EN LA APLICACIÓN DE NORMAS REFERENTES A LA CAPACITACIÓN, ADIESTRAMIENTO, SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.- La Delegación Federal del Trabajo en Tlaxcala, con fundamento en el artículo 527-A de la Ley Federal del Trabajo y el Convenio de Coordinación Social suscrito por el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión con el Gobierno del Estado de Tlaxcala, así como, las Bases para la Ejecución y Operación de dicho Convenio dados a conocer en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, el 25 de febrero del año 2004, tiene atribuciones para emplazar a un procedimiento sancionador, apoyada en una inspección practicada por un inspector del trabajo adscrito a la Dirección del Trabajo y Previsión Social, de la Secretaría de Gobierno del Gobierno del Estado de Tlaxcala. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2054/10-12-01-2.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Oriente del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 1. Agosto 2011. p. 183