Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 37902
Clave: VI-TASR-XL-89
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY ADUANERA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2011 00:00
AGENTES ADUANALES DENTRO DE LOS RECINTOS FISCALES O FISCALIZADOS EN LOS HORARIOS Y DÍAS SEÑALADOS EN EL ANEXO 4 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009, NO OBSTANTE QUE EL ARTÍCULO 180-A DE LA LEY ADUANERA NO REFIERE EL HORARIO DENTRO DEL CUAL DEBA PRACTICARSE DICHA ACTUACIÓN.- El artículo 180-A de la Ley Aduanera señala que cometen la infracción de uso indebido de funciones dentro del recinto fiscal, quienes realicen cualquier diligencia o actuación dentro de los recintos fiscales o fiscalizados, sin autorización expresa de las autoridades aduaneras. Ahora, si bien dicho precepto legal no refiere el horario dentro del cual se deban practicar las actuaciones en los recintos fiscales o fiscalizados, lo cierto es, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público válidamente a través de las reglas del Anexo 4 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, estableció el horario que rige en las Aduanas del país para las operaciones relacionadas con la importación de mercancías, disposiciones que aun y cuando no constituyen una ley en sentido material y formal son de observancia obligatoria y de cumplimiento inexcusable para aquellos que efectúen su despacho, por lo que su cita es suficiente para cumplir con el requisito de la debida fundamentación y motivación a que se refiere el artículo 38, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, sin necesidad de citar como fundamento legal los artículos 10, primer párrafo y 19, de la referida Ley, los cuales únicamente se encuentran referidos a las condiciones de tiempo en que debe practicarse el despacho aduanero.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2914/10-13-02-7.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 2. Septiembre 2011. p. 125