Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 38080
Clave: VI-TASR-XXXII-40
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2011 00:00
MULTA. RESULTA ILEGAL LA IMPUESTA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 81, FRACCIÓN XXVI, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CUANDO LA OMISIÓN OBSERVADA POR LA AUTORIDAD CONSISTE EN PRESENTAR LA INFORMACIÓN MENSUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS DE LOS MESES CORRESPONDIENTES A REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD
FRACCIÓN XXVI, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CUANDO LA OMISIÓN OBSERVADA POR LA AUTORIDAD CONSISTE EN PRESENTAR LA INFORMACIÓN MENSUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS DE LOS MESES CORRESPONDIENTES A REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD.- El artículo 81, fracción XXVI, del Código Fiscal de la Federación, establece como infracción "no proporcionar la información a que se refiere la fracción VIII del artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en dicha ley"; por lo tanto, si ello no coincide con la omisión en que observada por la autoridad consistente en presentar la información mensual de operaciones con terceros de los meses correspondientes a requerimiento de la autoridad, resulta evidente que la conducta que se atribuye a la actora no es considerada como infracción en el precepto en que se fundó la autoridad; de ahí, que no se configure la infracción que se atribuye al actor y la multa deba ser declarada la nulidad de la multa impugnada. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 968/10-05-02-3.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Norte-Centro II del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 3. Octubre 2011. p. 307