Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 38133
Clave: VII-TASR-NOIII-1
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2011 00:00
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 41-A LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2010
LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2010.- Dicho numeral prevé que las autoridades fiscales podrán solicitar a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, aquellos datos, informes o documentos adicionales, que consideren necesarios para aclarar la información asentada en las declaraciones de pago provisional o definitiva del ejercicio y complementarias, así como en los avisos de compensación correspondientes, siempre que se soliciten en un plazo no mayor de tres meses siguientes a la presentación de las citadas declaraciones y avisos; lo anterior no debe interpretarse en el sentido que las autoridades fiscales deban requerir a los contribuyentes por la presentación de sus avisos de compensación en un período no mayor de tres meses, sino que el artículo 41-A del Código Fiscal de la Federación, sólo refiere al plazo de la autoridad para requerir datos, informes o documentos necesarios para aclarar la información asentada en las declaraciones y avisos de compensación, y no por la presentación en sí, de los avisos en comento. Juicio Contencioso Administrativo Núm.248/11-03-01-2.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste III del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 5. Diciembre 2011. p. 279