Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 38230
Clave: VII-TASR-3HM-3
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2012 00:00
DE RESPETAR, PROMOVER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS AL MOMENTO DE EMITIR SUS RESOLUCIONES RELACIONADAS CON EL RETIRO DEL PERSONAL MILITAR.- Con la reforma al artículo 1° constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, se obliga a todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, a interpretar las normas relativas a los derechos humanos, favoreciendo en todo tiempo a las personas y promoviendo, respetando, protegiendo y garantizando los derechos humanos al momento de emitir sus sentencias definitivas. En esa tesitura, este Tribunal debe emitir sus fallos considerando en todo momento los principios pro persona, de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, a fin de otorgar las garantías judiciales necesarias para proteger los derechos humanos del gobernado, ya que solo de esta manera estará atendiendo al contenido de la referida reforma constitucional. Es por ello que al pronunciarse sobre el retiro automático del militar demandante, por padecer un trastorno mixto de la personalidad, sin desatender los principios de protección y salvaguarda de la eficacia del ejército, debe respetar las garantías de igualdad y de no discriminación por razón de salud, del enjuiciante.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 7828/08-11-03-2 Y 144/09-11-02-5 ACUM.- Resuelto por la Tercera Sala Regional Hidalgo-México del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 6. Enero 2012. p. 192