Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 38316
Clave: VII-TASR-3NCII-5
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2012 00:00
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN INOPERANTES
EXPRESADOS POR LA PARTE ACTORA SI NO SE REFIEREN A LOS RAZONAMIENTOS QUE MOTIVARON EL SOBRESEIMIENTO DEL RECURSO DE REVOCACIÓN.- Los conceptos de impugnación hechos valer por la parte actora, en su escrito de demanda, resultan inoperantes si no controvierten los razonamientos esenciales que dan la motivación y fundamentación de la resolución impugnada que sobreseyó por improcedente el recurso de revocación, teniendo como consecuencia la confirmación de la validez de la resolución impugnada. Lo anterior no obstante que el artículo 1°, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, obliga a pronunciarse respecto a la resolución recurrida, ello no implica que la Sala Regional tenga que hacerlo, a menos que esta última, localice conceptos de impugnación expresamente invocados por la parte actora en contra del sobreseimiento del recurso de revocación, y que a su juicio resulten fundados, debiendo solo en tal caso dicho órgano jurisdiccional proceder al análisis y resolución de los conceptos de impugnación invocados en contra de la resolución recurrida. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1386/11-05-03-4.- Resuelto por la Tercera Sala Regional del Norte-Centro II del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 7. Febrero 2012. p. 477