Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 38402
Clave: VII-TASR-1NOI-5
Ăpoca: SĂ©ptima Ăpoca
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
PublicaciĂłn: 01/03/2012 00:00
PĂBLICO Y NO PUEDE QUEDAR AL ARBITRIO DE LAS PARTES.- El procedimiento del juicio contencioso administrativo es de orden pĂșblico y no puede quedar al arbitrio de las partes; ya que es de interĂ©s pĂșblico y superior que el procedimiento jurisdiccional se desarrolle conforme a las leyes que rigen el procedimiento para con ello garantizar la efectividad en la garantĂa de la tutela jurisdiccional, sub especie de la seguridad jurĂdica en el acceso a la justicia que protege el artĂculo 17 Constitucional como derecho humano inalienable inherente a las personas, ya sean fĂsicas o jurĂdicas.
Juicio Contencioso Administrativo NĂșm. 3294/10-01-01-7.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Noroeste I del
R.T.F.J.F.A. SĂ©ptima Ăpoca. Año II. No. 8. Marzo 2012. p. 289