Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 38570
Clave: VII-TASR-1NOI-9
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2012 00:00
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN.- SU FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN JURÍDICA.- El artículo 38, del Código Fiscal de la Federación, establece formalidades de todo acto de autoridad, resaltándose en la fracción IV, de dicho precepto legal, la obligación de emitir los actos fundados y motivados; requisito éste que emerge de lo dispuesto en el artículo 16 de nuestra Carta Magna, y que lo eleva al rango de garantía individual, luego entonces, tomando en consideración que la fundamentación consiste en la cita del precepto o preceptos legales y ordenamientos legales aplicables al caso concreto y la motivación, es el señalamiento de las situaciones de hecho específicas y particulares que justifican la actuación de la autoridad, lógico es que debe existir adecuación entre lo primero y lo segundo; por lo que, si una autoridad administrativa deja sin efectos un oficio mediante el cual solicita información y documentación respecto a determinado ejercicio fiscal, lógico es, que dicha determinación debe encontrarse debidamente fundada y motivada, máxime si con motivo de tal revocación la fiscalizadora emite posteriormente un nuevo acto que le permita el desarrollo de sus respectivas facultades.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1000/07-01-01-8.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Noroeste I del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 10. Mayo 2012. p. 397