Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 38602
Clave: VI-TASR-XIII-116
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2012 00:00
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
COMPETENCIA PARA PRONUNCIARSE SOBRE LA LEGALIDAD DE RESOLUCIONES EMITIDAS POR AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS LOCALES, AUN CUANDO ESOS ACTOS FORMEN PARTE DE LOS ANTECEDENTES DEL IMPUGNADO EN EL JUICIO.- Resulta inoperante el agravio que ataca las consideraciones contenidas en un acuerdo emitido por una autoridad administrativa local como en el caso la Dirección del Trabajo y Previsión Social del Estado de Tlaxcala, acto que no puede ser impugnado en este Tribunal, dado que carece de competencia para pronunciarse sobre la legalidad de las resoluciones emitidas por ese tipo de autoridad, al no estar previstas por el artículo 14 de la Ley Orgánica del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 10. Mayo 2012. p. 435