Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 38616
Clave: VI-TASR-XIII-130
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2012 00:00
CADUCIDAD
NEGATIVA DE LA PARTE PROVEEDORA A PROPORCIONAR LAS FACILIDADES NECESARIAS PARA LLEVAR A CABO LA VERIFICACIÓN, NO OPERA LA.- El artículo 60, tercer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dispone que cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio se entenderán caducados, y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de parte interesada o de oficio, en el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dictar resolución; sin embargo, conforme a lo anterior se advierte que se establece un elemento esencial para que pueda operar la caducidad, esto es, que el procedimiento haya sido iniciado, siendo que tal supuesto no se actualiza cuando la parte proveedora se niega a proporcionar las facilidades necesarias para llevar acabo la verificación, por lo que es evidente que cuando en el juicio contencioso administrativo se controvierta una multa impuesta ante tal negativa, no opera la figura jurídica de la caducidad, puesto que no inicia procedimiento de oficio alguno y por ende no se da el supuesto de procedencia previsto en el artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 114/11-12-01-1.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Oriente del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 10. Mayo 2012. p. 449