Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 38711
Clave: VII-TASR-1GO-8
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2012 00:00
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN INOPERANTES
A CONTROVERTIR LA ILEGALIDAD DE LA NOTIFICACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE DATOS, INFORMES O DOCUMENTOS, O REQUERIMIENTOS, SI DE AUTOS SE ADVIERTE QUE EL PARTICULAR DESAHOGÓ LOS MISMOS OPORTUNAMENTE ANTE LA AUTORIDAD.- El artículo 51, segundo párrafo, inciso d), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece que no afectan las defensas del particular, ni trascienden al sentido de la resolución impugnada, cuando existan irregularidades en los citatorios, en las notificaciones de requerimientos de solicitudes de datos, informes o documentos, o en los propios requerimientos, siempre y cuando el particular desahogue los mismos, exhibiendo oportunamente la información y documentación solicitados. Consecuentemente, si de las constancias que obren en autos, la Sala del conocimiento advierte que el particular cumplió con el requerimiento o solicitud del cual se alegue su ilegal notificación, resulta inconducente el análisis de los agravios enderezados en contra de la notificación de dichos actos, ya que, aun y cuando la Sala resolviera fundado alguno de los conceptos de impugnación en cuestión, las irregularidades detectadas no afectarían la esfera jurídica del particular, ni trascenderían el sentido del acto combatido. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1442/11-13-01-1.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 11. Junio 2012. p. 382