Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 38723
Clave: VII-TASR-2GO-28
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2012 00:00
ASOCIACIONES DEPORTIVAS NACIONALES. FORMAN PARTE DEL SISTEMA NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, POR LO QUE AL REALIZAR SUS FUNCIONES, PUEDEN EJERCER ACTOS DE AUTORIDAD
NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, POR LO QUE AL REALIZAR SUS FUNCIONES, PUEDEN EJERCER ACTOS DE AUTORIDAD.- Del contenido de los artículos 2, fracciones I y X, 29, fracciones VI y X, 36, fracción II, 52, fracción I, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, se advierte que las Asociaciones Deportivas Nacionales, pueden, a manera de entes auxiliares del Estado, ejercer las facultades previstas por la Ley General de Cultura Física y Deporte, por formar parte del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte; toda vez que, las Asociaciones Deportivas Nacionales, además de sus propias atribuciones, ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso, como agentes colaboradores del Gobierno Federal, actuación que se considera de utilidad pública; de ahí que, bajo la coordinación de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, también ejercen ciertas funciones públicas de carácter administrativo; por lo que, en esos casos, sus actos constituyen actos de autoridad, pues se trata del ejercicio de facultades administrativas, que pueden trascender a la esfera jurídica de los particulares. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2608/10-13-02-6.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 11. Junio 2012. p. 393