Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 38813
Clave: VII-TASR-1GO-20
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/07/2012 00:00
CONTROL DE CONVENCIONALIDAD
Y ADMINISTRATIVA, EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, SE ENCUENTRA OBLIGADO A VELAR NO SÓLO POR LOS DERECHOS HUMANOS CONTENIDOS EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, SINO TAMBIÉN AQUELLOS CONTENIDOS EN LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES CELEBRADOS POR EL ESTADO MEXICANO, CON EL ÚNICO FIN DE HACER PREVALECER LO ESTABLECIDO EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- De acuerdo con los artículos 1 y 133 de nuestra Constitución los jueces están obligados a preferir los derechos humanos contenidos en la Constitución y en los tratados internacionales, aun a pesar de las disposiciones en contrario que se encuentren en cualquier norma inferior, por lo que esta Sala, en el ámbito de su competencia, se encuentra obligada a analizar, si la autoridad al emitir la resolución impugnada, respecto los derechos humanos del actor, esto en estricta protección al principio "pro persona", el cual tiene como fin acudir a la norma más protectora y/o a preferir la interpretación de mayor alcance de ésta al reconocer o garantizar el ejercicio de un derecho fundamental. Por tanto, si el actor hace valer en sus argumentos que se violó lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las personas con Discapacidad, en el Convenio (número 111) sobre la discriminación (empleo y ocupación), y lo establecido en el Protocolo de San Salvador, al no haberse respetado su derecho humano al trabajo, es evidente que esta Sala está obligada a analizar si al emitirse la resolución impugnada se respetó el derecho humano a un trabajo del actor, esto en estricto apego a lo establecido en el primer párrafo del artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, con el único fin de hacer prevalecer lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2543/11-13-01-5.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 12. Julio 2012. p. 239