Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 38834
Clave: VII-TASR-CA-27
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/07/2012 00:00
POR EXCEPCIÓN Y SUJETÁNDOSE A LOS REQUISITOS LEGALES.- La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, tiene por objeto, entre otras cuestiones regular y fomentar la conservación y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país así como sus recursos; en ese orden, acorde a su cardinal 117 la autorización de cambio de uso de suelo es una cuestión de excepción, sujeto a una facultad reglada, que incluso comprende solicitar la opinión del Consejo Estatal Forestal y la plena sujeción a los Programas aplicables; es por ello que si el propio Consejo en comento no avaló la realización del proyecto respectivo, aunado a que la autoridad ambiental determinó que no resultaba compatible con los criterios establecidos en las unidades de gestión ambiental 37 y 42 del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, en el Estado de Quintana Roo, se apega a derecho que finalmente no se resolviera de conformidad con lo pretendido, ya que sin prejuzgar sobre la existencia de diversas disposiciones legales que pueden establecer cuestiones relativas a las medidas que se deben implementar con la finalidad de evitar la propagación de incendios o la delimitación de linderos, se pondera que la legislación que rige la viabilidad de lo solicitado se rige por disposiciones de orden público e interés general.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 204/11-20-01-9.- Resuelto por la Sala Regional del Caribe del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 12. Julio 2012. p. 259