Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 39030
Clave: VII-TASR-1NOI-16
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2012 00:00
AUTORIDAD.- Las autoridades únicamente pueden hacer lo que la ley les permite expresamente y a fin de que los particulares puedan tener esa certeza de que el acto o resolución que les afecte fue emitido con el conocimiento y por voluntad del funcionario a quien le corresponde, es indispensable que en los mismos actos o resoluciones se señalen los artículos correspondientes de las leyes, reglamentos, decretos o acuerdos en los que se confiera la facultad a dicho funcionario, para emitirla, precisando además, los apartados, fracciones, incisos y subincisos en su caso.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3570/10-01-01-7.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Noroeste I del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 15. Octubre 2012. p. 129