Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 39070
Clave: VII-TASR-2GO-56
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2012 00:00
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- Si el juicio en que se actúa se substanció conforme a las disposiciones del juicio contencioso administrativo en vía ordinaria, y la causal de improcedencia que plantea la autoridad se encuentra inmersa en las disposiciones del capítulo XI de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, aplicables a los juicios tramitados en la vía sumaria, entonces, la causal de improcedencia resulta inoperante, pues dichas disposiciones son inaplicables a los juicios ordinarios.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2505/11-13-02-4.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 15. Octubre 2012. p. 170