Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 39074
Clave: VII-TASR-PA-1
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2012 00:00
CANCELACIÓN DE PENSIÓN POR INCOMPATIBILIDAD
INTERPONER PREVIAMENTE EL ISSSTE, JUICIO DE LESIVIDAD PARA TENER POR LEGALMENTE CANCELADO EL REFERIDO DERECHO.- No obstante que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, otorgó a la demandante la Concesión de Pensión por Viudez y con posterioridad a través del "Contrato de Reconocimiento de Adeudo y Forma de Pago Impugnado", declaró cancelada la pensión por incompatibilidad de la misma, al reconocer expresamente la referida Institución, el derecho a la Pensión por Viudez, para esta Juzgadora, en términos de lo establecido en los artículos 3, fracción V y 8, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en relación con el artículo 14 Constitucional, únicamente puede revocarse el derecho en comento, previo su impugnación vía juicio de lesividad, en virtud que, las resoluciones administrativas de carácter individual favorables a un particular, sólo pueden ser modificadas o revocadas por el órgano jurisdiccional competente, pues debe prevalecer la certeza jurídica de que una determinación firme que ha creado una situación concreta favorable a un gobernado, no debe ser revocada o desconocida unilateralmente por la autoridad, aun cuando se hubieren dictado contrariando las disposiciones legales aplicables a cada caso particular, ya que, para efectos de dar cabal cumplimiento a la garantía de audiencia que debe tener todo acto de autoridad, en términos de lo establecido en el artículo 14 constitucional, nadie puede ser privado de un derecho, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2084/10-14-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 15. Octubre 2012. p. 174