Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 39089
Clave: VI-TASR-XXIII-78
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2012 00:00
DEPÓSITOS EN CUENTAS BANCARIAS NO CUENTAN CON LA DOCUMENTACIÓN QUE LOS RESPALDA.- La determinación presuntiva de ingresos realizada en términos del artículo 59, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, prevalece en los casos en que el actor no demuestre que las cantidades depositadas en su cuenta bancaria, corresponden a otro concepto distinto a los ingresos obtenidos por la actividad que realiza, pues de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 del Código en cita, los actos y resoluciones de la autoridad se presumen legales, en consecuencia, si la actora niega que tales depósitos provienen de ingresos por la actividad que realiza, tal negativa implica la afirmación correspondiente a que éstos, corresponden a un concepto diverso, por ende, este hecho debe ser acreditado por el afirmante, de lo contrario, la presunción de legalidad del acto prevalece, ante la falta de elementos probatorios que de manera suficiente y contundente acrediten esta última afirmación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1166/10-09-01-8.- Resuelto por la Sala Regional del Centro II del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 15. Octubre 2012. p. 192