Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 39135
Clave: VII-J-1aS-49
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Jurisprudencia, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2012 00:00
POR LA VÍA SUMARIA SIENDO QUE LA MATERIA DEL ACTO IMPUGNADO ES COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LAS SECCIONES DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.- La vía constituye un presupuesto procesal de orden público necesario para la regularidad del desarrollo del proceso, sin la cual no puede dictarse válidamente sentencia de fondo sobre la pretensión litigiosa. En ese sentido, de una interpretación conjunta y armónica de los artículos 58-1, 58-2, 58-3, 58-5 y 58-13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los diversos 23, 31 y 38 de la Ley Orgánica del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 11. Junio 2012. p. 175