Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 39213
Clave: VII-P-1aS-420
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2012 00:00
VIOLACIÓN SUBSTANCIAL DEL PROCEDIMIENTO. SE ACTUALIZA CUANDO EL MAGISTRADO INSTRUCTOR TIENE POR EXHIBIDO EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO, SIN QUE OBREN EN EL MISMO LAS DOCUMENTALES PRIVADAS OFRECIDAS POR EL ACTOR
MAGISTRADO INSTRUCTOR TIENE POR EXHIBIDO EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO, SIN QUE OBREN EN EL MISMO LAS DOCUMENTALES PRIVADAS OFRECIDAS POR EL ACTOR.- De conformidad con el artículo 2, fracción X, de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente y el artículo 14, tercer y cuarto párrafos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en el juicio contencioso administrativo el actor puede ofrecer como prueba el expediente administrativo en el que se haya dictado la resolución impugnada, mismo que deberá contener toda la información relacionada con el procedimiento que dio lugar a su emisión, sin incluir las documentales privadas del actor, salvo que éste las señale como ofrecidas. Si en el caso concreto el Magistrado Instructor tiene por cumplimentado el requerimiento en relación con la exhibición del expediente administrativo, aun cuando no se encontraban integradas las documentales privadas señaladas por la actora, incurre en una violación substancial del procedimiento, misma que impide que esta Juzgadora emita la sentencia definitiva correspondiente, por lo que ante tal violación, debe ordenarse la regularización del procedimiento a fin de que se formule el requerimiento respecto de tales documentales privadas. PRECEDENTE: VII-P-1aS-218 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 22195/10-17-11-5/37/12-S1-03-02.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 10. Mayo 2012. p. 167