Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 39232
Clave: VII-P-1aS-449
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2013 00:00
COPIA CERTIFICADA DE LA PANTALLA DEL SISTEMA RELATIVO AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, ES UN DOCUMENTO OFICIAL IDÓNEO PARA EVIDENCIAR LA UBICACIÓN DEL DOMICILIO FISCAL DE LA PARTE ACTORA
FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, ES UN DOCUMENTO OFICIAL IDÓNEO PARA EVIDENCIAR LA UBICACIÓN DEL DOMICILIO FISCAL DE LA PARTE ACTORA.- Conforme al último párrafo del artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, cuando una Sala esté conociendo de un juicio que sea competencia de otra, cualquiera de las partes puede acudir ante el Presidente del Tribunal, exhibiendo copia de la demanda y de las constancias que estime pertinentes, a fin de que las Secciones, acorde con lo señalado en la fracción VII del artículo 23 de la Ley Orgánica del citado órgano jurisdiccional, resuelvan qué Sala es la competente para conocer del juicio. En este tenor, si la autoridad interpone incidente de incompetencia por razón de territorio, argumentando que el domicilio fiscal de la parte actora no es el que señaló en su escrito de demanda, y para evidenciar la ubicación del domicilio fiscal de la parte actora y con ello demostrar la incompetencia de la Sala Regional para conocer del juicio, por razón de territorio, exhibe copia certificada de la pantalla del sistema relativo al Registro Federal de Contribuyentes, donde aparece el domicilio fiscal del contribuyente, tal constancia oficial al ser expedida por la autoridad tiene el valor de documental pública, por lo que en términos del artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al juicio contencioso administrativo, debe considerarse para determinar qué Sala Regional de este Órgano Colegiado es la competente territorialmente para conocer del juicio contencioso administrativo. Incidente de Incompetencia Núm. 1176/12-08-01-6/909/12-S1-02-06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 18. Enero 2013. p. 223