Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 39234
Clave: VII-P-1aS-451
Época: Quinta Época
Materia(s): TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/07/2007 00:00
TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE, SUS REGLAMENTACIONES UNIFORMES SE EMITIERON DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 511 DEL TRATADO PARA LA INTERPRETACIÓN, APLICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LOS BIENES IMPORTADOS
REGLAMENTACIONES UNIFORMES SE EMITIERON DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 511 DEL TRATADO PARA LA INTERPRETACIÓN, APLICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LOS BIENES IMPORTADOS.- El artículo 511 del citado Tratado, prevé que a más tardar el 1° de enero de 1994 las Partes contratantes, establecerán y pondrán en ejecución, mediante sus respectivas leyes y reglamentaciones uniformes referentes a la interpretación, aplicación y administración de las reglas de origen, previstas en el Capítulo IV del propio Tratado, por lo que con fundamento en el artículo 116, fracción XXV de la Ley Aduanera, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emitió la Resolución por la que se establecen las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 1995, por tanto, dichas reglas están acordes con lo establecido en el Tratado en cuestión, ya que las mismas sólo están instrumentado las disposiciones del mismo para su debida aplicación, por lo que de ninguna manera pueden establecer obligaciones distintas o adicionales, ni tampoco crear hipótesis o situaciones fuera de los márgenes permitidos en el propio Acuerdo Internacional mencionado. PRECEDENTES: V-P-1aS-412 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5298/06-17-01-5/325/07-S1-03-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 79. Julio 2007. p. 67