Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 39414
Clave: VII-P-2aS-287
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2013 00:00
CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA ACTORA ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR SU INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR, COMO AUTOAPLICATIVO, ESE ACTO ADMINISTRATIVO DE CARÁCTER GENERAL.- En términos de lo dispuesto por el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, por regla general las normas mexicanas son de aplicación voluntaria, lo que tiene como salvedades los casos en que los particulares manifiesten que sus productos, procesos o servicios son conformes con ellas, y cuando las dependencias requieran su observancia en una norma oficial mexicana; por tanto, las normas mexicanas, en los supuestos apuntados, pueden ser de aplicación obligatoria para los particulares, lo que en todo caso estará en función de su entrada en vigor, situación que en ciertos escenarios le da la naturaleza de autoaplicativo al acto administrativo de carácter general. Ahora bien, no existe una relación de causalidad entre el hecho que puede estimarse demostrado con una escritura constitutiva, consistente en la constitución y existencia jurídica de una persona moral, así como su propósito de realizar ciertas actividades como parte de su objeto social, con la circunstancia de que la norma mexicana le produzca o le pueda producir alguna afectación en su esfera jurídica, máxime que el hecho de que en la parte de la escritura relativa al objeto social de una empresa conste la enunciación de ciertas actividades relacionadas con dicha norma mexicana, no significa que realmente las esté llevando a cabo.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4339/10-11-01-6/990/12-S2-06-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 20. Marzo 2013. p. 158