Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 39675
Clave: VII-TASR-PC-1
Época: Séptima Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Jurisprudencia, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2013 00:00
FIRMA AUTÓGRAFA. PARA QUE LA AUTORIDAD ESTÉ EN POSIBILIDAD DE PROBAR QUE EL DOCUMENTO OBJETADO LA TIENE, EL ACTOR DEBE EXHIBIR EN JUICIO EL QUE FUE ENTREGADO POR LA AUTORIDAD
QUE EL DOCUMENTO OBJETADO LA TIENE, EL ACTOR DEBE EXHIBIR EN JUICIO EL QUE FUE ENTREGADO POR LA AUTORIDAD.- De conformidad con la jurisprudencia 2a./J. 13/2012, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro es "FIRMA AUTÓGRAFA. LA CARGA DE LA PRUEBA CORRESPONDE A LA AUTORIDAD QUE EMITIÓ EL ACTO IMPUGNADO EN EL JUICIO DE NULIDAD, SIEMPRE QUE EN LA CONTESTACIÓN A LA DEMANDA AFIRME QUE AQUÉL SÍ LA CONTIENE.", la carga de la prueba para demostrar que un documento contiene firma autógrafa cuando quien demanda niega su existencia corresponde a la autoridad, sin embargo, como en los términos del artículo 38, fracción V, del Código Fiscal de la Federación, el documento que debe cumplir con el requisito de ser firmado por autoridad competente es precisamente el notificado al particular, a este, por ser poseedor material de ese elemento, le corresponde su exhibición en juicio, para hacer viable que su contraparte tenga la posibilidad de probar si cumple con el requisito referido, so pena que de no presentarlo deba considerarse que no acreditó su pretensión al no cumplir con la carga que a él le correspondía en los términos de la segunda parte del primer párrafo del artículo 89 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de acreditar qué tipo de documento se le entregó materialmente. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 817/11-21-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico-Centro del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 22. Mayo 2013. p. 443