Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 37047 de 329561
Tesis
Registro digital: 39756
Clave: VII-TASR-10ME-31
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2013 00:00
DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA CONTRA EL AVISO DE ATENCIÓN MÉDICA INICIAL
INICIAL.- NO DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN A LA PARTE ACTORA.- De conformidad a los artículos 71, 72 y 74 de la Ley del Seguro Social, el Dictamen de Calificación contenido en el Aviso de Atención Médica Inicial y Calificación de Probable Accidente de Trabajo, conlleva una obligación de carácter fiscal, pues dicho documento, obliga a los patrones a tomarlo como parte de su siniestralidad, para la fijación de la prima de riesgo de trabajo, y como consecuencia de ello en la determinación de cuotas que por el seguro de riesgos de trabajo debe pagarse por el patrón, sin embargo, el hecho de desechar el escrito inicial de demanda en su contra, no le depara perjuicio a la actora, ya que al momento en que la revisión anual del grado de riesgo le sea dada a conocer y esta le fuera desfavorable, podrá optar por interponer el recurso administrativo correspondiente o juicio contencioso administrativo, máxime que deberá esperar, si la calificación de ese siniestro, influirá en la calificación del grado de riesgo de trabajo sobre el que cotiza, esto es, si se aumenta o se disminuye la prima y en contra de esa determinación de nuevo grado de riesgo impugnarla, con el medio de defensa a su alcance. Recurso de Reclamación Núm. 32631/12-17-10-2.- Resuelto por la Décima Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 23. Junio 2013. p. 351