Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 39757
Clave: VII-TASR-10ME-32
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2013 00:00
SOBRESEIMIENTO DE ESTOS, CUANDO LA PARTE ACTORA TAMBIÉN IMPUGNE CRÉDITOS FISCALES, MANIFESTANDO DESCONOCERLOS.
En términos del artículo 127 del Código Fiscal de la Federación, los actos del procedimiento administrativo de ejecución no pueden considerarse como actos definitivos, sino hasta el momento de la publicación de la convocatoria de remate; sin embargo, si la parte actora impugna también los créditos que le son requeridos a través de los actos coactivos, manifestando desconocerlos, ello actualiza el supuesto previsto en la fracción II del artículo 16 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, consecuentemente, es válido concluir que se encuentran estrechamente vinculados los créditos que manifiesta desconocer con los actos de ejecución, pues es a través de estos últimos cuando la actora tuvo conocimiento de los créditos, de ahí que al combatirse en forma conjunta, es evidente que la litis consiste en determinar la ilegalidad o legalidad de los mismos, lo cual no puede desvincularse o dividirse, ya que lo conducente es resolver el juicio contencioso en su totalidad a efecto de no incurrir en contradicciones.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 12897/10-17-10-2.- Resuelto por la Décima Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 23. Junio 2013. p. 352