Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 39859
Clave: VII-P-SS-103
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2013 00:00
RESPECTIVO, EL CONCESIONARIO SE OBLIGA A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL MISMO.- La concesión administrativa es un acto jurídico por el cual la administración pública otorga por tiempo determinado de manera unilateral y discrecional, a un particular, el derecho de prestar un servicio público, o de usar, aprovechar y explotar bienes del Estado, de acuerdo a las normas que lo regula. En este caso, el poder público está sujeto en primer término a la satisfacción de las necesidades de la sociedad y al interés público, por lo que son estas cuestiones las que en primera instancia debe tutelar, razón por la cual, la concesión de un servicio público implica el sometimiento del concesionario al control y a la vigilancia de la administración pública. En consecuencia, cuando un particular participa en un concurso a efecto de obtener un Título de Concesión de un servicio público, al resultar vencedor en este y al serle otorgada la concesión respectiva, se encuentra obligado a cumplir en sus términos con las condiciones establecidas en el Título de Concesión, las cuales conocía de antemano y que por tanto, estaba en posibilidad de aceptar o rechazar con anterioridad al otorgamiento de la concesión.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5294/03-17-03-1/2244/09-PL-03-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 25. Agosto 2013. p. 54