Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 40001
Clave: VII-TASR-8ME-32
Época: Séptima Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2013 00:00
AUTORIDAD DEBE EMPLAZAR A TODA PERSONA TERCERA INTERESADA.- En el caso de prórroga de concesión de inmueble ubicado en Zona Federal Marítimo Terrestre, en que existen varios coposeedores y ocupantes de dicho inmueble, procede que la autoridad ordene el emplazamiento a todas aquellas personas terceras interesadas al procedimiento administrativo, por estar vinculados jurídicamente como adquirentes y por ende poseedores todos del predio en cuestión, y al cual se refiere en la resolución recurrida. Por lo que, al no llamarlos al procedimiento administrativo se violan las garantías individuales y derechos procesales, ya que las terceras personas interesadas pueden resultar afectadas por la resolución que en su momento se dictó.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 24400/12-17-08-6.- Resuelto por la Octava Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 26. Septiembre 2013. p. 176