Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 40127
Clave: VII-TASR-CA-40
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2013 00:00
REQUERIDA AL CONTRIBUYENTE.- Derechos como la inviolabilidad del domicilio o la molestia sobre la persona o sus documentos se encuentran consagrados a rango constitucional, esencialmente en el cardinal 16, empero, igualmente establece como excepción que el acto de molestia provenga de autoridad competente que funde y motive la causa del procedimiento, como ocurre en tratándose de la facultad prevista por el artículo 42, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, donde la autoridad puede requerir al contribuyente que le exhiba en sus oficinas la contabilidad; es por ello que si implica trasladar los elementos a las oficinas de la fiscalizadora para su análisis y valoración, y hecho lo anterior, hace del conocimiento del interesado su situación en materia fiscal; resulta inconcuso que su alcance no se acota al hecho de poner a la simple vista o mostrar los documentos a la requirente, pero sin dejarlos en su poder por el tiempo marcado por la norma, y menos que pueda tildarse de ilegal la prueba invocada por la autoridad que proviene de la propia contabilidad aportada por el contribuyente.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1274/11-20-01-6.- Resuelto por la Sala Regional del Caribe del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 28. Noviembre 2013. p. 258