Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 35375 de 329561
Tesis
Registro digital: 40426
Clave: VII-CASA-V-25
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2014 00:00
FUSIÓN DE SOCIEDADES. LA QUE SUBSISTA TIENE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR EL CRÉDITO DETERMINADO A LA SOCIEDAD EXTINTA Y EL DEBER DE TOMAR A CARGO LAS OBLIGACIONES DE ESTA
IMPUGNAR EL CRÉDITO DETERMINADO A LA SOCIEDAD EXTINTA Y EL DEBER DE TOMAR A CARGO LAS OBLIGACIONES DE ESTA.- Conforme al párrafo tercero del artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la sociedad que subsista o la que resulte de la fusión, tomará a su cargo los derechos y las obligaciones de las sociedades extintas; por tanto, en el caso de que la autoridad haya ejercido facultades de comprobación, con anterioridad al acuerdo de fusión, que originen un crédito a la empresa fusionada y por ende exista obligación de cumplir con el pago de ese crédito, la sociedad que subsista a la fusión tiene tanto interés jurídico para controvertirlo en el juicio contencioso administrativo, como el deber de tomar a su cargo dicha obligación. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 568/13-QSA-1.- Expediente de origen Núm. 181/13-10-01-8.- Resuelto por la Quinta Sala Auxiliar del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 31. Febrero 2014. p. 454