Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 40559
Clave: VII-TASS-2
Época: Séptima Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2014 00:00
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, PARA PRONUNCIARSE RESPECTO DE LAS PETICIONES QUE LE SON FORMULADAS, EN RELACIÓN CON EL PLAN DE TRABAJO PARA LA EXPORTACIÓN DE AGUACATE HASS DE MÉXICO A ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DE 20 DE MAYO DE 2010.- De conformidad con lo establecido en los artículos 3, fracción I, 49, fracción I y 50 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, 1, 5, 6 y 7 fracciones I, VI y XIX de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, en relación con el Plan de Trabajo para la Exportación de Aguacate Hass de México a los Estados Unidos de América, y el Acuerdo de Servicio Cooperativo a que se hace referencia en el mismo, la Dirección General de Sanidad Vegetal, como unidad administrativa dependiente del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, tiene la responsabilidad de administrar y supervisar el funcionamiento de dicho Plan de Trabajo. Ahora bien, al estar en aptitud de desarrollo esa actividad, consecuentemente tiene la capacidad de intervenir o tomar acción a fin de que se cumpla el objetivo del mismo, por lo tanto, si la finalidad del Plan de Trabajo es proporcionar los lineamientos o una guía a seguir por los participantes, en la actividad comercial consistente en la exportación de aguacate Hass de México a los Estados Unidos de América, luego entonces la mencionada Dirección General de Sanidad Vegetal, está facultada para vigilar y en su caso tomar las medidas necesarias para que se logre el propósito del programa. De ahí que esté autorizada para intervenir en las actividades relacionadas con la materia, esto es, promover, coordinar y vigilar inclusive, las actividades y servicios fitosanitarios en los que participen las diversas dependencias y entidades de la administración pública federal, gobiernos estatales y municipales, organismos auxiliares y particulares vinculados con la materia; razón por la que dicha autoridad es competente para resolver las peticiones que le sean formuladas por los participantes que estén relacionadas con el citado Plan de Trabajo.
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 32. Marzo 2014. p. 841