Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 40583
Clave: VII-CASR-2HM-10
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2014 00:00
PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. LA DIRECCIÓN DE VERIFICACIÓN DE COMBUSTIBLES, ES UNA AUTORIDAD INEXISTENTE Y, POR ENDE, INCOMPETENTE PARA EMITIR ACTOS DE MOLESTIA
DE COMBUSTIBLES, ES UNA AUTORIDAD INEXISTENTE Y, POR ENDE, INCOMPETENTE PARA EMITIR ACTOS DE MOLESTIA.- De conformidad con el artículo 4 del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2004, no se desprende la existencia jurídica de la Dirección de Verificación de Combustibles, lo que pone de manifiesto que la orden de verificación ordinaria emitida por esta, sea contraria a derecho, pues la misma fue emitida por una autoridad inexistente, y, por ende, incompetente por cuestión de materia, en razón de que, es de explorado derecho que todo acto de molestia emitido a cargo de un particular, en términos del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el diverso 3, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, debe estar contenido en mandamiento escrito de autoridad competente a efecto de fundar y motivar la causa legal del procedimiento; lo que sin lugar a dudas implica señalar expresamente el precepto legal en donde se encuentre el órgano emisor del acto; por lo tanto al no contemplarse la existencia de la Dirección de Verificación de Combustibles, del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, se concluye que aquella no tiene competencia legal alguna para emitir actos de molestia a los particulares, por ser inexistente. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4192/13-11-02-5-OT.- Resuelto por la Segunda Sala Regional Hidalgo-México del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 32. Marzo 2014. p. 896