Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 40607
Clave: VII-P-SS-171
Época: Séptima Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2014 00:00
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS. TIENE LA OBLIGACIÓN DE PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LA MATERIA
COMUNIDADES INDÍGENAS. TIENE LA OBLIGACIÓN DE PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LA MATERIA.- De conformidad con el texto vigente del artículo 1° constitucional, modificado por el decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución General de la República y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. El artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce y protege a los pueblos y comunidades indígenas. En su fracción VIII, establece el acceso plenamente de los indígenas a la jurisdicción del Estado, y para garantizar que los miembros de dichos pueblos puedan comprender y hacer comprender en procedimientos legales, los Magistrados del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 33. Abril 2014. p. 147