Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 25 de 125
Mostrando solo tesis del 01/04/2014
Tesis
Registro digital: 40617
Clave: VII-P-1aS-885
Época: Séptima Época
Materia(s): TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2014 00:00
TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
CONTABLES, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 505 INCISO A).- De conformidad con el artículo 505 inciso a), del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, se tiene que cada una de las Partes del Tratado en comento, dispondrá que un exportador o productor que llene y firme un certificado de origen, durante un periodo de cinco años después de la fecha de firma del certificado o por un plazo mayor que una de las Partes determine, debe conservar en su territorio, todos los registros relativos al origen de un bien para el cual se solicite trato arancelario preferencial; particularmente, los referentes a la adquisición, los costos, el valor y el pago del bien que se exporte de su territorio; la adquisición, los costos, el valor y el pago de todos los materiales, incluso los indirectos, utilizados en la producción del bien que se exporte de su territorio; y, la producción del bien en la forma en que se exporte de su territorio; en tal virtud, dicho numeral refiere como registros contables, a los enunciados en el mismo, relacionados con la adquisición, costos, valor y pago de los materiales o producción de los bienes objeto de importación o exportación. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 19998/12-17-02-10/1306/13-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 33. Abril 2014. p. 266