Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 40689
Clave: VII-CASA-V-28
Época: Séptima Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2014 00:00
ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DE LA SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2009. NO IMPLICA QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009, PUEDA HACERSE USO DE LA AUTOFACTURACIÓN
MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2009. NO IMPLICA QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009, PUEDA HACERSE USO DE LA AUTOFACTURACIÓN.- Del citado artículo transitorio, se advierte que para los efectos de la fracción I y último párrafo de la Regla I.2.5.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, vigente hasta el 30 de enero de 2009, los contribuyentes que durante el ejercicio 2008 hayan utilizado la autofacturación para comprobar las adquisiciones realizadas a los contribuyentes a quienes se refiere la regla y no hayan presentado los datos para la inscripción de tales personas que exige la fracción precitada, podrán hacer uso de esa facilidad administrativa en el ejercicio 2008. Acorde con lo previsto en ese dispositivo transitorio, no se desprende de su texto una posibilidad genérica de que en el ejercicio de 2009, se haga uso de la facilidad administrativa, consistente en la autofacturación, sino que la restringe a quienes en el ejercicio de 2008 la hayan ejercido. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 615/13-QSA-3.- Expediente de origen Núm. 3271/12-10-01-7.- Resuelto por la Quinta Sala Auxiliar del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 33. Abril 2014. p. 689