Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 40694
Clave: VII-J-SS-125
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2014 00:00
DE CARÁCTER INSTRUMENTAL, NO SE ENCUENTRAN SUJETAS AL REQUISITO DE FUNDAMENTACIÓN DE LA COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD QUE LAS ELABORA.
Al ser las actas parciales de visita domiciliaria actos de carácter transitorio o instrumental que, por sí mismos no trascienden a la esfera jurídica del gobernado, ya que al ser elaboradas por los auxiliares de la autoridad fiscalizadora durante el desarrollo de la diligencia de verificación del cumplimiento de las disposiciones fiscales, únicamente constituyen el reflejo de los actos de ejecución de una orden de visita, dichas actas parciales no se encuentran sujetas al requisito de fundamentación de la competencia de quien las lleva a cabo, máxime que ellas contienen simples opiniones que pueden servir de motivación a la resolución que, en su caso, emita la autoridad legalmente competente para calificar su contenido y determinar la situación fiscal del contribuyente visitado.
Contradicción de Sentencias Núm. 31583/12-17-10-06/Y OTRO/1815/13-PL-08-01.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 34. Mayo 2014. p. 48