Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 40701
Clave: VII-J-SS-137
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2014 00:00
REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS. PARA LA DEBIDA FUNDAMENTACIÓN DE LA COMPETENCIA PARA REQUERIRLOS, ES SUFICIENTE LA CITA GENÉRICA DEL ARTÍCULO 45 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN EN LA ORDEN DE VISITA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013)
FUNDAMENTACIÓN DE LA COMPETENCIA PARA REQUERIRLOS, ES SUFICIENTE LA CITA GENÉRICA DEL ARTÍCULO 45 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN EN LA ORDEN DE VISITA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013).- Para tener por cumplido el derecho humano de legalidad y seguridad jurídica contenido en el artículo 16 constitucional, en el mandamiento escrito que contiene el acto de molestia debe señalarse con precisión el precepto legal que otorgue a la autoridad la atribución ejercida. Por su parte, el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación previene en su primer párrafo que, los visitados, sus representantes o la persona con quien se entienda la visita en el domicilio fiscal, están obligados a mantener a disposición de éstos la contabilidad así como los demás papeles que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales, dentro de los cuales, se encuentran los estados de cuenta bancarios, mientras que en el tercer párrafo se autoriza a dichos visitadores a obtener copias de dichos documentos cuando se actualice alguno de los supuestos establecidos en las nueve fracciones agrupadas en dicho párrafo. Por tanto, en atención a que el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación previene diversos supuestos relacionados con la contabilidad y los demás papeles de los contribuyentes, para tener debidamente fundada la competencia de la autoridad para requerir la información de cuentas bancarias, se estima suficiente la cita genérica de dicho artículo en la orden de visita domiciliaria correspondiente. Contradicción de Sentencias Núm. 6282/11-07-02-1/1010/12-S1-02-04/YOTRO/1853/13- PL-07-01.- Resuelta por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 34. Mayo 2014. p. 162