Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 40730
Clave: VII-P-2aS-495
Época: Sexta Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2009 00:00
DUPLICIDAD EN SU INTERPOSICIÓN, PROCEDE DECLARAR SIN MATERIA EL PROMOVIDO EN SEGUNDO TÉRMINO.- Si una de las partes en el juicio interpone un incidente de incompetencia en razón del territorio en idénticos términos tanto ante la Sala Regional del conocimiento como ante la Sala Superior procede resolver el promovido inicialmente, y toda vez que en ambas cuestiones incidentales se hacen valer los mismos argumentos para fundar la incompetencia, ello da lugar a que la hecha valer con posterioridad quede sin materia.
PRECEDENTES:
VI-P-2aS-120
Incidente de Incompetencia Núm. 7706/05-07-02-5/658/07-S2-06-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 14. Febrero 2009. p. 267