Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 40779
Clave: VII-P-SS-185
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES DEL SECTOR PÚBLICO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2014 00:00
MERCANCÍA QUE DESEA ADQUIRIR CUMPLE CON LAS DISPOSICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS PARA EL DESTINO QUE PRETENDA DARLES.- De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, el procedimiento de enajenación de bienes relativo a las subastas públicas, deberá sujetarse a las disposiciones normativas que al efecto prevea la Ley en comento, así como a los lineamientos que unilateralmente la autoridad disponga en las Bases de la Convocatoria respectiva. De lo que se sigue, que si conforme a las Bases de la Convocatoria de subasta, no se garantiza ningún aspecto técnico de los bienes subastados, y a su vez se conmina a los interesados en adquirirlos a inspeccionar los mismos; es indubitable, que la revisión de las peculiaridades técnicas e intrínsecas de los bienes respectivos, corresponde a los participantes; toda vez, que son estos quienes conocen el destino que pretenden darles a los mismos, así como quienes conocen los requisitos necesarios que para tal efecto deban revestir los bienes.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 23173/10-17-08-3/1863/13-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 35. Junio 2014. p. 71