Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 40809
Clave: VII-CASR-2NCII-14
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2014 00:00
RESOLUCIÓN EXPRESA. LA EXHIBIDA CON LA CONTESTACIÓN DE DEMANDA, CONTIENE LOS FUNDAMENTOS Y MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN FICTA
CONTIENE LOS FUNDAMENTOS Y MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN FICTA.- En tratándose de la impugnación de una resolución negativa ficta, si la demandada adjunta a su contestación la resolución expresa, no notificada con antelación a la presentación de demanda, se debe entender que en esa resolución expresa se contienen los motivos y fundamentos de la resolución ficta de que se queja la parte actora y que estos los hace suyos la autoridad demandada, máxime si dentro de su oficio de contestación la inserta digitalmente, por lo que debe considerarse que dicha autoridad, cumple con la obligación que le impone el artículo 22, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, de dar a conocer los hechos y el derecho que sustentan la resolución negativa ficta impugnada. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1972/13-05-02-4.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Norte-Centro II del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 35. Junio 2014. p. 298