Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 40820
Clave: VII-CASR-OR-3
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2014 00:00
RESPONSABILIDAD RESARCITORIA. CONFORME A LA LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN, LA AUTORIDAD NO ESTÁ OBLIGADA A RAZONAR SU ARBITRIO AL MOMENTO DE FINCARLA
RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN, LA AUTORIDAD NO ESTÁ OBLIGADA A RAZONAR SU ARBITRIO AL MOMENTO DE FINCARLA.- De los artículos 51, 62, 65 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, se observa que las responsabilidades fincadas conforme a ese ordenamiento, tienen por objeto resarcir el monto de los daños y perjuicios estimables en dinero que se hayan causado a la Hacienda Pública Federal, o en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales; que el importe del pliego definitivo de responsabilidades deberá ser suficiente para cubrir los daños o perjuicios, o ambos, causados a tales entidades, el cual se actualizará para efectos de su pago, en la forma y términos que establece el Código Fiscal de la Federación tratándose de contribuciones. Por lo tanto, al determinarse el monto que se hizo efectivo como daño estimable en dinero al Estado en su Hacienda Pública, la autoridad no estaba obligada a razonar su arbitrio, toda vez que no se impuso una sanción pecuniaria con motivo de la conducta imputada a los demandantes, sino que en el caso, ese importe corresponde a la indemnización por el inadecuado ejercicio del gasto público, además que el legislador en la ley mencionada, acotó que el importe del pliego definitivo de responsabilidades deberá ser suficiente para cubrir los daños o perjuicios, o ambos, causados a la Hacienda Pública Federal o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales, lo que constituye un parámetro o criterio para determinar la cuantía de la indemnización, entendida esta como el resarcimiento de un daño. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1189/13-12-01-9.- Resuelto por la Sala Regional de Oriente del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 35. Junio 2014. p. 313