Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 40883
Clave: VII-J-SS-124
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2014 00:00
PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. CONVENIO CELEBRADO ANTE LA. INAPLICABILIDAD DEL ARTÍCULO 7 DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR PARA SANCIONAR SU INCUMPLIMIENTO
INAPLICABILIDAD DEL ARTÍCULO 7 DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR PARA SANCIONAR SU INCUMPLIMIENTO.- Si la Procuraduría Federal del Consumidor impone una sanción por incumplimiento a un Convenio celebrado ante ella por un proveedor y un consumidor, teniendo como sustento el artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, incurre en una indebida fundamentación y motivación, pues dicho precepto legal se refiere a las obligaciones que se deben de cumplir entre proveedores y consumidores; es decir, regula las obligaciones referentes a las condiciones que se pactan entre particulares sin la intervención de dicha autoridad; que son diferentes a las de cumplir con los Convenios formulados por el proveedor y consumidor ante la Procuraduría Federal del Consumidor, pues la ejecución del convenio celebrado entre particulares puede hacerse efectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Contradicción de Sentencias Núm. 6366/12-11-03-2/YOTRO/1861/13-PL-02-01.- Resuelta por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 36. Agosto 2014. p. 7